Régimen de Ahorro Individual

Conoce sus características y requisitos

¿Estás en la búsqueda de un régimen de pensión para afiliarte y asegurar tu vejez? Tenemos una excelente opción que ofrece el Sistema General de Pensiones de Colombia. Nos referimos a la opción del Régimen de Ahorro Individual Solidario.

Continua en este artículo para que te enteres cuales son las características, requisitos y conozcas como afiliarte a este régimen.

Al afiliarte al Régimen de Ahorro Individual Solidario gozarás por derecho de una pensión, puede ser de vejez o jubilación según lo elijas.

La particularidad de esta opción es que tienes el derecho se elegirla a la edad que creas conveniente, siempre que tu capital acumulado te permita su pago mensual.

Ten cuenta que el pago mensual corresponde al 110% por encima del salario mensual vigente en la nación cafetera.

La administración del Régimen de Ahorro Individual queda a cargo de cualquiera de las 4 Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías (AFP) autorizadas en Colombia.

Las Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías o AFP en Colombia son entes financieros privados que ofrecen a los ciudadanos del país, gestionar de forma eficiente, fondos de pensiones, sean voluntarios u obligatorios, por medio de planes de ahorro con la promesa de múltiples beneficios.

Las AFP autorizadas en Colombia son las siguientes:

  1. Porvenir S.A
  2. Old Mutual
  3. Protección S.A
  4. Colfondos Pensiones y Cesantías

¿Cuáles son los servicios que ofrecen las AFP?

Estas instituciones administradoras de los fondos de pensionados ofrecen los siguientes servicios:

Servicio de pensión obligatoria: La pensión obligatoria en Colombia es un pago que obtienen todos aquellos afiliados al Sistema General de Pensiones para su amparo.

El pago de la pensión obligatoria se obtiene por medio de la adhesión a cualquiera de las 4 administradoras de fondos de pensiones y cesantías con autorización.

Los afiliados deben cotizar obligatoriamente durante toda su vida laboral para poder acceder al pago en cuestión.

Pago Cesantías: En el caso de las cesantías es una prestación que se paga anualmente y es carácter obligatorio. Corresponde al empleador cancelarle esta prestación social al empleado.

Su equivalente es de un mes de trabajo por cada 365 días laborados, monto que debe consignar al Fondo de Cesantías al que se encuentre adherido.

Pensión voluntaria: Las administradoras de los fondos de pensionados autorizadas en Colombia ofrecen también esta opción. En este caso el ahorro es totalmente voluntario.

El pago se realiza periódicamente lo que permite una inversión de capital segura y productiva.

Conoce las características del Régimen de Ahorro Individual

Conoce las características de esta opción de régimen de pensiones para que se te facilite la elección:

  • En primer lugar la edad para pensionarte la elijes tú como afiliado.
  • El régimen de ahorro individual tiene una cuenta particular para cada adherido al servicio, en ella se depositan los aportes del afiliado y del empleador, además de las cotizaciones voluntarias y los bonos correspondientes.
  • El monto de la pensión va a depender de diferentes elementos, por ejemplo la suma acumulada, la edad de retiro, también el tipo de pensión, el número total de semanas cotizadas y lo que generen tus ahorros acumulados.
  • La Superintendencia financiara de Colombia es la encargada de llevar el control y vigencia de las Administradoras de Fondo de Pensiones y Cesantías AFP.
  • Si las entidades administradoras o las aseguradoras incumplen con sus obligaciones con los afiliados, entonces el Estado Colombiano garantizará los ahorros de los trabajadores.

¿Qué requisitos se necesitan para acceder al Régimen de Ahorro Individual Solidario?

Si quieres recibir tu pensión bajo el régimen de ahorro individual solo debes reunir un requisito.

A la largo de tu vida laboral debes asegurarte de reunir un caudal específico para al final de esta poder cancelar tu propia retribución.

Ten en cuenta que el capital que reúnas debe estar por encima del 110% del salario mínimo vigente, según lo establecido en el artículo 64 de la Ley 100 con vigencia desde el año 1993.

Este aspecto te permite pensionarte antes de tiempo, solo tienes que acumular el capital requerido, de lo contrario debes esperar tener la edad establecida para acceder a la pensión mínima que garantiza el Estado.

Las mujeres deben tener 57 años de edad para pensionarse y los hombres 62 años de edad, tener por lo menos 1.150 semanas cotizadas a esa edad y no contar con un ingreso por otras fuentes.

Ten en cuenta que bajo este régimen puedes hacer aportes adicionales que aumentará tu capital para la pensión y por ende cada mes la mesada será mucho más atractiva.

Bajo el Régimen de Ahorro individual en caso de fallecimiento todo el capital que ahorraste es heredable, sino tienes herederos de ley entonces ese capital entra en sucesión alcanzando hasta el quinto orden hereditario.

Modalidades del Régimen de Ahorro Individual

Tres de las modalidades de pensión bajo el Régimen de Ahorro Individual son las siguientes:

Modalidad de retiro programado: Esta modalidad le permite al fondo de pensiones administrar el capital de la cuenta particular, valorando las mesadas en base al capital acumulado hasta el momento, además se toma en cuenta la expectativa de vida del afiliado.

Modalidad de renta vitalicia inmediata: En esta tipo de pensión se solicita el contrato de un seguro con la finalidad de pasar el capital acumulado, luego se debe analizar el monto total para en base a eso hacer una tasación del capital en el tiempo estimado para que lo disfrute el afiliado.

Modalidad retiro programado con renta vitalicia: En esta modalidad de pensión mezclamos las dos anteriores. La administradora de los fondos se encarga de cancelar los pagos y luego una aseguradora toma las riendas. La finalidad es tener las opciones que cada modalidad ofrece.

¿Cómo se distribuye el dinero bajo el Régimen de ahorro individual?

Los afiliados al Régimen de Ahorro Individual deben saber que su dinero se distribuye en fondos. Esta forma de distribución sirve para que cada afiliado realice sus aportes según lo considere, tomando en cuenta sus necesidades y aspiraciones.

Si te decantas por el Régimen de Ahorro Individual tienes la opción de escoger entre tres fondos diferentes para la distribución de tus ahorros. Estos difieren en su nivel de riesgo y en la rentabilidad esperada.

A continuación te explicamos los tres fondos disponibles para distribuir tu dinero bajo el Régimen de Ahorro Individual.

Fondo Conservador: Este fondo está creado pensando en las personas que tienen una edad cercana a la jubilación, por lo menos unos 10 años menos.

También es el fondo ideal para quienes no quieren asumir riesgos al momento de invertir. En este caso, son mucho menores las rentabilidades en comparación con el resto de los fondos.

Fondo Moderado: Si te faltan de 10 a 15 años para obtener tu pensión y tu nivel de riesgo es moderado este es el fondo indicado para ti. Se trata de un fondo de inversión con un nivel de volatilidad medio.

Fondo de riesgo mayor: Este es un fondo dirigido a los afiliados que le faltan más de 15 años para obtener su pensión.

Debes tener en cuenta que las variaciones en las inversiones de este fondo son mayores y los lapsos son mucho más cortos, sin embrago la rentabilidad es mayor a largo plazo.

Si eres una persona que no le teme a los riesgos, este es el fondo de inversión perfecto para ti.

Ten en cuenta que los que ahorres para tu pensión equivalen a una reserva de tu dinero a largo plazo, por lo tanto es vital que la rentabilidad sea positiva en ese espacio de tiempo.

¿Cuáles son las ventajas del Régimen de Ahorro Individual?

Apegarte a este régimen para obtener tu pensión en Colombia genera grandes ventajas entre ellas las siguientes:

Bajo el Régimen de Ahorro Individual tienes la posibilidad de realizar aportes voluntarios, cuando tengas algún dinero extra y lo puedas disponer para este fin.

Esas contribuciones extras cuentan con garantías similares a los aportes que debes hacer obligatoriamente cada 30 días para tu pensión obligatoria.

Con este régimen los excedentes son de libre disponibilidad, lo que significa que con ese dinero puedes hacer lo que quieras, siempre y cuando ya estés disfrutando de tu pensión y tengas completados los requisitos de ley.

Además tienes la opción elegir el tipo de fondo para ahorro tu dinero. Te aconsejamos escoger el fondo de inversión entre las tres alternativas disponibles, basándote en tu perfil de riesgo.

En conclusión, luego de trabajo la mayor parte de tu vida es común que quieras obtener una pensión que te permita disfrutar de una nueva etapa, en la que puedes optar por descansar, viajar o completar proyectos personales.

En Colombia tienes la opción de adherirte a dos régimen de pensiones, uno de ellos es el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, una alternativa que te permite tener el control de lo que cotizas y como lo cotizas.

 

 

 

Editorial

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